Código de Ética

Sobre la conducta del Profesional Inmobiliario
  1. Trabajar siempre dentro del marco legal.
  2. Conducirse con responsabilidad.
  3. Conocer el mercado inmobiliario.
  4. Promover la formalidad en las operaciones.
  5. Respetar a los clientes de otros mobiliarios.
  6. Adquirir los conocimientos y habilidades que requiere la industria inmobiliaria para garantizar el trato profesional a los clientes y mantenerse actualizado.
  7. El Profesional Inmobiliario deberá procurar que conste por escrito todos los datos, convenios, comisiones, forma de pago, responsabilidades, tributaciones etc. para evitar malos entendidos con propietarios y compradores u otros profesionales inmobiliarios.
  8. Un Profesional Inmobiliario debe de ser transparente con la información y hablar con la verdad en con todas las partes involucradas en una operación sin ocultar información que pueda generar conflictos.
  9. El Profesional Inmobiliario debe ser leal a su organización de bienes raíces y de ninguna manera lesionar su imagen o posibles negocios, aunque por cualquier razón se separé de esta.
Sobre Seguridad de la Operación
  1. Velar por la protección del cliente contra fraudes abusos o prácticas inmorales.
  2. Acudir ante la autoridad ante la comisión de un delito que ponga en riesgo los bienes o a la persona de su cliente o de otro compañero inmobiliario.
  3. Establecer los medios electrónicos adecuados para observar una lista negra de clientes que no respeten las comisiones o pongan en riesgo a las personas o los bienes de otro inmobiliario o sus clientes.
  4. No contratar personal que haya salido de otra inmobiliaria por conductas fraudulentas o deshonestas.
  5. No hacer ni promover la corrupción con ninguna autoridad.
  6. El Profesional Inmobiliario no contribuirá a sentar datos falsos en instrumentos públicos.
  7. Usar contratos apropiados y validados por las autoridades correspondientes.
  8. Hacer contratos claros con el personal de ventas de la inmobiliaria promoviendo un trato digno a los asesores.
  9. No promover proyectos que atenten contra el desarrollo social o infrinjan daño irreparable a la naturaleza o promueva conceptos racistas o discriminatorios.
Sobre el trabajo con otros inmobiliarios
  1. Buscar alianzas comerciales con otros inmobiliarios que fortalezcan al sector.
  2. Compartir el conocimiento y experiencia adquirida con otros profesionales inmobiliarios.
  3. Firmar un convenio de trabajo cuando se promueva la propiedad de otro inmobiliario y respetar los términos que allí se acuerden.
  4. Compartir comisión de manera equitativa cuando se usan las redes de trabajo con otros inmobiliarios.
  5. El Profesional Inmobiliario no debe buscar ventaja sobre otro Profesional Inmobiliario ni debe ocultar información sobre la operación que lleven en conjunto.
  6. Usar medios y herramientas apropiados para facilitar el trabajo en conjunto con otras inmobiliarias sin que el material pudiese lesionar la relación del otro inmobiliario con su cliente.
  7. Respetar los contratos de exclusiva de otros inmobiliarios, el Profesional Inmobiliario no aceptará una exclusiva de una propiedad que tenga vigente otro profesional a menos que tenga una carta de rescisión de mutuo acuerdo.
  8. El Profesional Inmobiliario se compromete a no ceder su derecho de exclusiva a otro inmobiliario sin el consentimiento del propietario.
  9. El Profesional Inmobiliario debe respetar los contactos y exclusivas de los demás profesionales inmobiliarios, cuándo éstos le hayan acercado una propiedad deberá tratar siempre con el Profesional Inmobiliario y no directamente con el propietario.
  10. Cuando un Profesional Inmobiliario esté haciendo la intermediación entre otros dos Profesionales Inmobiliarios, este los deberá de poner al tanto de la situación y convenir con ambos la distribución de la comisión.
  11. Respetar el material promocional de otros inmobiliarios (fotografías, poster, volante etc.)
  12. No interferir de manera negativa en las redes sociales de otros inmobiliarios ni usar las propias para atacar a otros.
  13. Establecer mecanismos de resolución de problemas en los convenios firmados con otros inmobiliarios.
  14. Prevenir el incurrir en acciones precipitadas que afecten la imagen dignidad e integridad de otro Profesional Inmobiliario, por lo cual no se difamará ni se ajustará a nadie sin tener evidencia sólida de actos ilegales o inmorales que pongan en riesgo el patrimonio de un cliente o el prestigio de la profesión inmobiliaria.
  15. No contratar a los empleados o vendedores de otro profesional inmobiliario, ni solicitarles trabajos sin el consentimiento del otro Profesional Inmobiliario.
Sobre la relación con el Cliente
  1. El Profesional Inmobiliario deberá contar con permiso por escrito del propietario para anunciar cualquier propiedad en cualquier medio y contar con la información mínima que requiere un expediente de propiedad.
  2. No prometer a un cliente resultados inalcanzables como precios sobrevaluados o tiempos irreales.
  3. El Profesional Inmobiliario deberá hacer llegar por medio formal (escrito, e-mail, CRM) al propietario todas las ofertas que le hagan sobre sus propiedades, para que tome su decisión con claridad.
Sobre las Propiedades
  1. Recabar y validar la información necesaria para corroborar que una propiedad es elegible para su promoción y venta.
  2. Conocer las propiedades antes de ofrecerlas.
  3. El Profesional Inmobiliario que administre una propiedad deberá dirigirse con legalidad y responsabilidad buscando la formalización de las operaciones y revisando que: los recibos, contratos, facturas y cualquier otro documento que se requiera otorguen seguridad legal a todas las partes.
  4. Es responsabilidad del Profesional Inmobiliario cuidar que los medios publicitarios que él maneje contengan información verídica y actualizada.
  5. No emitir un juicio sobre el valor de una propiedad sin un análisis metodológico y le evidencia suficiente para efectuarlo.
Sobre El Código de Ética
  1. Cuando exista una ley que regule localmente las actividades de los Profesionales Inmobiliarios, éstos deberán registrarse en los Padrones indicados en la Ley, tomar las certificaciones que la Ley indique y si la Ley incluyera un Código de Ética, el Profesional lo acatara como propio.
  2. Al infractor de este código se le reportará en la lista negra de la asociación y se le retirará de todos los grupos de trabajo y redes sociales como WhatsApp y Facebook.